[Qué son los testigos online] La herramienta para recopilar pruebas con validez legal (+3 opciones)

testigos online

Te confieso que la primera vez que escuché el término “testigo online”, me imaginé a un señor sentado ante un tribunal y diciendo:

“Sí, yo vi ese post de Facebook. ¡Lo vi con mis propios ojos! ¡Fui testigo de su publicación!”.

Pero nada que ver, obviamente. 😉

Y es que un testigo online no es una persona, sino un tipo de herramienta muy especial.

Porque los testigos online te permiten capturar y certificar evidencias digitales.

Si no sabes muy bien de qué va esto, tranquilo, porque aquí te voy a explicar cómo funcionan y por qué los necesitas.

Y si ya sabes qué es un testigo online y simplemente estás buscando uno, con eso también voy a ayudarte.

Más adelante en el post te hablo sobre 3 de los mejores testigos online del mercado (desde mi punto de vista).

Pero lo primero es lo primero…

Curso Gratuito de OSINT

(Encuentra cualquier información en minutos)

Aprende a buscar datos de forma rápida y sencilla, sin herramientas costosas ni procesos complicados. Descubre cómo acceder a información oculta, rastrear perfiles y optimizar tu tiempo con técnicas avanzadas.

🚀 Solo 30 plazas al mes. Inscríbete antes de que se agoten.

Sí, quiero entrar ahora

👉 ¿Cómo funcionan los testigos online? Y por qué deberías usarlos en tus investigaciones

Ya sabes que la evidencia digital es muy volátil.

Imagina que has encontrado una prueba buenísima para el caso en el que estás trabajando: una página web, un post en un grupo de Facebook, un hilo de un foro… lo que sea.

Te guardas el enlace, pero cuando intentas acceder a él más adelante solo te aparece un “bonito” mensaje de Error 404 (porque el autor la ha borrado).

Si no capturaste esa evidencia, la habrás perdido para siempre.

Esto es algo que viví más de una vez en mis inicios como investigador, y te aseguro que da una rabia tremenda (y en el peor de los casos, puede llegar a poner en jaque una investigación).

Con un testigo online te ahorras este problema, porque te permite:

  • Sacar una captura o vídeo para guardar un registro de esa evidencia.
  • Obtener un certificado digital donde se recoge la fecha y hora a la que se tomaron esas capturas.

¿Y esto último, para qué?

Ahora te lo explico.

 

✅ Pero ¿por qué un testigo online? ¿Por qué no tomar un pantallazo y ya está?

Supongo que ya te imaginas la respuesta; pero si no, dos palabras:

Validez. Legal.

El problema de las capturas de pantalla convencionales es que son muy fáciles de manipular.

Imagina que sacas un pantallazo de un post de Facebook, pero el post original lo han borrado. Si te impugnan ese pantallazo, ¿cómo demuestras que es real y no un montaje?

Si no puedes demostrarlo, corres el riesgo de que te invaliden esa prueba (en un sistema tan garantista como el nuestro, esta es una posibilidad muy real).

Por eso los testigos online.

Porque como las imágenes/vídeos que toman estas herramientas están certificadas, no cabe duda de que son reales y de que no se han editado a posteriori.

Ahora que tienes las bases claras, vamos a profundizar un poco más.

 

👉 Tipos de pruebas que puedes certificar con un testigo online

Ahora paso a contarte los distintos tipos de evidencia digital que puedes certificar con un testigo online… y una excepción bastante importante.

Empiezo por lo que SÍ puedes:

  • Contenido de una página web: ya sea una URL concreta o de una web completa.
  • Redes sociales: con un testigo online puedes tomar capturas de publicaciones, perfiles, mensajes en foros, etc.
  • Documentos: si has localizado documentos relevantes para tu caso (algo perfectamente posible si conoces los dorks de Google adecuados), con un testigo online puedes certificar el archivo para garantizar que no se ha modificado posteriormente.
  • Emails: con un testigo online puedes certificar los correos que envías y/o los que recibes. Por ejemplo, imagina que estás trabajando en el caso de una persona que sufre acoso por email. Con un testigo online se puede certificar el contenido, la fecha y hora de recepción y el emisor de esos correos, para presentarlos como evidencia. Es un caso muy específico, pero te lo cuento para que sepas que existe esta opción.
  • SMS: también existen sistemas específicos para certificar la validez de un SMS. De nuevo, es poco probable que necesites recurrir a ellos durante una investigación (estos sistemas los suelen usar empresas y organismos oficiales), pero nunca se sabe.

Ahora bien… ¿no echas en falta algo importante en esta lista?

✅ ¿Y qué pasa con WhatsApp y compañía?

Aquí llega la excepción que te decía.

Ningún testigo online puede certificar una conversación de WhatsApp con validez legal.

O dicho de otra forma:

Puedes sacar capturas de una conversación de WhatsApp y certificar esas capturas, pero ni siquiera así tendrán un respaldo legal sólido.

¿El motivo?

Pues que debido al cifrado que tienen los chats, nadie (ni siquiera la propia empresa de WhatsApp) puede acceder a las conversaciones originales y demostrar que no se han editado. 

Te dejo un artículo del blog de Save The Proof (un testigo online del que te hablaré luego) donde lo explican muy bien.

Con Telegram es distinto, porque la empresa sí almacena datos de las conversaciones de sus usuarios (salvo en el caso de que el usuario cree un “chat privado”, que es una funcionalidad especial de la app).

Así que sus conversaciones sí se pueden certificar con validez legal.

NOTA: no te confundas; a pesar de esta excepción, WhatsApp puede ser una fuente de información brutal para un caso. Si quieres saber más, échale un ojo a este post de OSINT con WhatsApp.

¿Podrías resolver un caso completo?

(Sin quedarte atascado a mitad de investigación)

Si la respuesta te hace dudar, el método completo paso a paso —con casos reales— está en el curso gratuito.

🚀 Solo 30 plazas al mes. Inscríbete antes de que se agoten.

Quiero aprender el método

👉 3 testigos online para blindar cualquier evidencia digital

Vale, está claro que un testigo online es clave para blindar cualquier evidencia que se vaya a usar en un proceso legal.

Ahora bien, ¿cuál utilizar? Porque hay bastantes…

Para ponértelo un poco más fácil, aquí te voy a hablar de 3 plataformas de testigos online que, para mí, son de las mejores del mercado.

Las 3 siguen la normativa vigente respecto a firmas electrónicas, lo que significa que los certificados que emiten tienen total validez a nivel jurídico.

Vamos con el primero.

 

✅ 1. eGarante

eGarante es uno de los testigos online más conocidos.

Con esta herramienta puedes certificar:

  • El contenido de una URL concreta: además, puedes hacer un seguimiento temporal de esa URL y registrar cualquier cambio que se realice en ella a lo largo del tiempo.
  • Una sesión de navegación web: la herramienta graba tu pantalla mientras navegas por una web, y luego te entrega un vídeo con certificación en PDF. Y si reproduces audio o vídeo, también lo registra.
  • Documentos digitales (para verificar que no se han modificado tras su certificación).
  • Correos electrónicos enviados: si envías un correo y pones en copia a eGarante (puedes añadirla en copia oculta), se certificará la fecha, hora, contenido y destinatario de ese correo.
  • Correos electrónicos recibidos: la herramienta también te permite crear una “bandeja de entrada especial”, donde se certifican todos los emails que vas recibiendo.

Si te ha llamado la atención puedes probarlo gratis y luego, si te interesa, contratar uno de sus planes de pago.

 

✅ 2. SaveTheProof

SaveTheProof es otra herramienta bastante conocida dentro del mundillo.

Al igual que eGarante, SaveTheProof puede certificar:

  • Páginas web.
  • Sesiones de navegación de hasta 30 minutos de duración.
  • Archivos digitales.

Un aspecto interesante es que también puedes imprimir una conversación de WhatsApp completa y sacarla en PDF (aunque como te decía antes, no tendrá validez legal).

Pero a diferencia de eGarante, no sirve para certificar correos (ni recibidos ni enviados).

Si quieres probarla, SaveTheProof cuenta con una prueba gratuita.

Además, también puedes pagar para realizar una certificación puntual o contratar un plan de pago con tarifa plana.

 

✅ 3. Safe Stamper

Y cierro la lista con Safe Stamper.

Al igual que las anteriores, este testigo online te permite certificar páginas web y sesiones de navegación, archivos digitales y correos electrónicos.

Pero además de todo eso, también te permite tomar fotos y vídeos geolocalizados.

Instalas la app de Safe Stamper en tu móvil, sacas una foto o vídeo con ella y la app te genera una certificación que incluye las coordenadas en las que se ha tomado (sacadas del sistema del GPS del móvil).

Safe Stamper no dispone de prueba gratuita, pero puedes pagar por un uso puntual.

Curso Gratuito de OSINT

(Encuentra cualquier información en minutos)

Aprende a buscar datos de forma rápida y sencilla, sin herramientas costosas ni procesos complicados. Descubre cómo acceder a información oculta, rastrear perfiles y optimizar tu tiempo con técnicas avanzadas.

🚀 Solo 30 plazas al mes. Inscríbete antes de que se agoten.

Sí, quiero entrar ahora

 

👉 Ahora ya sabes cómo blindar tu evidencia con un testigo online

Te decía antes que en mis inicios me ocurrió más de una vez eso de guardarme una evidencia “para luego”, y al final perderla porque la habían borrado.

Pero te aseguro que es un error que no he vuelto a cometer desde hace mucho tiempo.

Y no solo porque use herramientas como los testigos online (que son útiles, claro que sí), sino porque tengo algo mucho más importante:

Un sistema.

Un flujo de trabajo paso a paso, donde tengo muy claro:

  • Qué pasos dar dentro de cada investigación para no perderme ni bloquearme.
  • Cómo registrar y organizar cada prueba para no perderla.
  • Cómo poner foco y no perder mil horas persiguiendo siguiendo pistas que no me llevan a ninguna parte.

Te aseguro que desde que sigo ese método, me he ahorrado muchos cabezazos contra la pared y muchísimas horas perdidas.

Y en OSINT Revolution te cuento punto por punto en qué consiste, para que puedas aplicarlo en tus investigaciones.

OSINT Revolution es la academia/comunidad que he creado.

¿Y esta mezcla?

Te lo explico:

  • Academia: porque en OSINT Revolution tienes acceso a todas las formaciones que he elaborado hasta el momento (y todas las que iré creando). Formaciones donde te enseño TODO lo que necesitas para investigar en Internet, desde cómo diseñar tu método de trabajo hasta cómo rastrear toda la huella digital de una persona a partir de un único dato. Y sí, lo digo totalmente en serio.
  • Comunidad: el corazón de OSINT Revolution. Una comunidad donde encontrarás a otros investigadores como tú, con los que podrás compartir tus dudas y que te ayudarán a crecer (además, yo mismo resuelvo personalmente las dudas de la comunidad en las sesiones en directo que realizamos).

Aquí te lo cuento en detalle.

Por lo demás, me despido por hoy. Espero que lo que te he contado en este post te ayude a blindar tu evidencia y a ahorrarte errores y frustraciones

Si te ha quedado cualquier duda, puedes dejármela en los comentarios y te las resolveré encantado.

+1.000 profesionales ya se han formado

(Policías, detectives y analistas de ciberseguridad)

Si has llegado hasta el final del artículo, ya sabes si esto te interesa. El siguiente paso es gratuito.

🚀 Solo 30 plazas al mes. Inscríbete antes de que se agoten.

Reservar mi plaza gratuita

Como decía Sherlock Holmes, ya conoces mis métodos, ahora aplícalos. 😉

Julián Gutiérrez

Pertenezco a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (FFCCSS) especializado en técnicas de investigación en fuentes abiertas (OSINT)

Mi blog, Ciberpatrulla, se ha convertido en fuente de información recurrente para los investigadores de habla hispana, porque tengo muy claro qué es lo que necesita un investigador para realizar su trabajo de forma profesional.

También te puede interesar...

4 comentarios en «[Qué son los testigos online] La herramienta para recopilar pruebas con validez legal (+3 opciones)»

  1. Recientemente tuve una contrapericial con un perito de ANCITE. El caso giraba en torno a una prueba obtenida a través de E – Garante . Es cierto que esta herramienta ha tenido buena acogida .
    El caso giraba en torno a una prueba obtenida a través de E-Garante. Es cierto que esta herramienta ha tenido buena acogida y que su creador mantiene una relación cercana con asociaciones como ANCITE, e incluso ha sido presentada en entornos como Guardia Civil, lo cual es legítimo y positivo.
    Sin embargo, cuando la evidencia llega a sede judicial, el criterio cambia.
    El Tribunal Supremo ha sido claro al respecto: herramientas como WhatsApp, correos electrónicos o plataformas de validación pueden ser útiles, pero su valor probatorio real depende de si van acompañadas de un dictamen pericial firmado por un perito informático cualificado. Sin esa validación experta, la prueba pierde fuerza, incluso puede quedar descartada.
    En esta ocasión, el perito adverso basó gran parte de su argumentación en la confiabilidad de E-Garante , dejando en segundo plano el análisis técnico propio que se esperaba de él como experto. El resultado fue evidente: la pericial no superó el escrutinio judicial.
    Comparto este caso no para desacreditar herramientas, sino para recordar algo esencial: la tecnología respaldada, pero no sustituye la mano de obra del perito.
    Y ante un juez, lo que pesa no es solo la herramienta, sino quién la audita, cómo la analiza y cómo lo explica. E-Garante es un prestador de servicios electrónicos de confianza NO CUALIFICADO
    Aclaración sobre la validez de certificaciones de eGarante en procesos judiciales
    He recibido tu correo acompañado de la certificación proporcionada por e-Garante. Sin embargo, es preciso aclararte como te comenté telefónicamente que, en el marco de un proceso judicial, el uso de herramientas como e-Garante no tiene validez probatoria suficiente si no existe reconocimiento expreso por ambas partes de los correos electrónicos aportados.
    La certificación generada por un tercero como e-Garante no sustituye ni cumple la función de un análisis pericial informático independiente. De acuerdo con la jurisprudencia consolidada, la carga de la prueba sobre la autenticidad e integridad de un correo electrónico recae en quien lo aporta, y la única forma de acreditarlo de manera indiscutible en un proceso judicial es mediante el trabajo de un perito informático cualificado, quien debe:
     Acceder a los servidores originales para realizar un análisis forense completo.
     Verificar la trazabilidad, la cadena de custodia, y la autenticidad de los mensajes y metadatos.
    Herramientas como e-Garante, al no permitir esta verificación técnica de servidores o dispositivos y basarse únicamente en una certificación automática, carecen de la solidez probatoria exigida en procedimientos judiciales, tal como han señalado varias resoluciones judiciales en materia de pruebas digitales.
    Por lo tanto, sin el acceso a los servidores originales de los correos electrónicos enviados mediante ProtonMail, y sin la intervención de un perito que pueda verificar su origen, autenticidad y contenido mediante técnicas forenses, el documento certificado por e-Garante resulta insuficiente y controvertido en este contexto.
    Quedo a la espera de que se permita el acceso a los servidores correspondientes, de manera que yo, como perito informatico, pueda proceder conforme a la metodología exigida para garantizar la validez técnica y jurídica de la evidencia aportada.
    Fundamentación adicional:
     Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), art. 326.1: La prueba documental requiere autenticidad. Cuando no existe reconocimiento por ambas partes, debe ser analizada mediante métodos periciales.
     Cadena de custodia y análisis forense: Herramientas externas como e-Garante no garantizan ni verifican metadatos críticos (IP, timestamps, etc.), lo cual sí es exigido en el análisis pericial.
     Resolución Judicial frecuente: Los tribunales tienden a desestimar pruebas digitales cuando la autenticidad no puede ser verificada de manera completa y técnica.
    Como perito informático, mi obligación profesional es verificar de manera directa y técnica cada evidencia presentada, garantizando siempre su trazabilidad, autenticidad e integridad. En este sentido, no puedo basarme en presunciones o interpretaciones subjetivas, dejando atrás términos como «pensé», «creí» o «imaginé».
    Artículo 326 DE LA Ley de Enjuiciamiento CIvil. Fuerza probatoria de los documentos privados.
    1. Los documentos privados harán prueba plena en el proceso, en los términos del artículo 319, cuando su autenticidad no sea impugnada por la parte a quien perjudiquen.
    2. Cuando se impugnare la autenticidad de un documento privado, el que lo haya presentado podrá pedir el cotejo pericial de letras o proponer cualquier otro medio de prueba que resulte útil y pertinente al efecto.
    Si del cotejo o de otro medio de prueba se desprendiere la autenticidad del documento, se procederá conforme a lo previsto en el apartado tercero del artículo 320. Cuando no se pudiere deducir su autenticidad o no se hubiere propuesto prueba alguna, el tribunal lo valorará conforme a las reglas de la sana crítica.
    3. Cuando la parte a quien interese la eficacia de un documento electrónico lo solicite o se impugne su autenticidad, integridad, precisión de fecha y hora u otras características del documento electrónico que un servicio electrónico de confianza no cualificado de los previstos en el Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior, permita acreditar, se procederá con arreglo a lo establecido en el apartado 2 del presente artículo y en el Reglamento (UE) n.º 910/2014.
    4. Si se hubiera utilizado algún servicio de confianza cualificado de los previstos en el Reglamento citado en el apartado anterior, se presumirá que el documento reúne la característica cuestionada y que el servicio de confianza se ha prestado correctamente si figuraba, en el momento relevante a los efectos de la discrepancia, en la lista de confianza de prestadores y servicios cualificados.
    Si aun así se impugnare el documento electrónico, la carga de realizar la comprobación corresponderá a quien haya presentado la impugnación. Si dichas comprobaciones obtienen un resultado negativo, serán las costas, gastos y derechos que origine la comprobación exclusivamente a cargo de quien hubiese formulado la impugnación. Si, a juicio del tribunal, la impugnación hubiese sido temeraria, podrá imponerle, además, una multa de 300 a 1200 euros.
    E-garante NO está en la lista oficial como prestador cualificado de servicios electrónicos de confianza: https://sedediatid.digital.gob.es/Prestadores/Paginas/Inicio.aspx
    Lista Prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza.pdf
    El Reglamento (UE) Nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza en las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE (eIDAS), prevé las siguientes categorías de servidores cualificados:
    * Servicio de expedición de certificados electrónicos cualificados de firma electrónica
    * Servicio de expedición de certificados electrónicos cualificados de sello electrónico
    * Servicio de expedición de certificados electrónicos cualificados de autenticación de sitios web
    * Servicio de expedición de sellos electrónicos cualificados de tiempo
    * Servicio cualificado de entrega electrónica certificada
    * Servicio cualificado de validación de firmas electrónicas cualificadas
    * Servicio cualificado de validación de sellos electrónicos cualificados
    * Servicio cualificado de conservación de firmas electrónicas cualificadas
    * Servicio cualificado de conservación de sellos electrónicos cualificados
    De conformidad con el artículo 17 del Reglamento eIDAS, el organismo de supervisión supervisa a los prestadores cualificados mediante actividades de supervisión previas y posteriores.
    E-garante es un prestador de servicios electrónicos de confianza NO CUALIFICADO
    Aquí podéis consultar la lista de empresas NO cualificadas porque es muy importante para la LEC:
    El 20 de mayo de 2024 entró en vigor el Reglamento (UE) 2024/1183 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE) N° 910/2014 en lo que respecta al establecimiento del marco europeo de identidad digital, con el objeto de mejorar su eficacia, extender sus beneficios al sector privado y promover unas identidades digitales de confianza para todos los europeos. Por otro lado, se definen nuevos servicios de confianza y se prevén una serie de actos de implementación en cuanto a requisitos técnicos y de supervisión de los servicios de confianza.
    Art 326 lec
    Ley de Enjuiciamiento Civil
    o Libro II. De los procesos declarativos
    o Título I: De las disposiciones comunes a los procesos declarativos
     Capítulo VI: De los medios de prueba y las presunciones
    • Sección III: De los documentos privados
    o Artículo 324
    o Artículo 325
    o Artículo 326
    o Artículo 327
    Artículo 264.
    1. El que, por cualquier medio, sin autorización y de manera grave borrase, dañase, deteriorase, alterase, suprimiese o hiciese inaccesibles datos informáticos, programas informáticos o documentos electrónicos ajenos, cuando el resultado producido fuera grave, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años.

    Responder
    • Muy interesante.

      Tiene todo el sentido esto que comentas:

      «La certificación generada por un tercero como e-Garante no sustituye ni cumple la función de un análisis pericial informático independiente. De acuerdo con la jurisprudencia consolidada, la carga de la prueba sobre la autenticidad e integridad de un correo electrónico recae en quien lo aporta, y la única forma de acreditarlo de manera indiscutible en un proceso judicial es mediante el trabajo de un perito informático cualificado, quien debe:
       Acceder a los servidores originales para realizar un análisis forense completo.
       Verificar la trazabilidad, la cadena de custodia, y la autenticidad de los mensajes y metadatos.
      Herramientas como e-Garante, al no permitir esta verificación técnica de servidores o dispositivos y basarse únicamente en una certificación automática, carecen de la solidez probatoria exigida en procedimientos judiciales, tal como han señalado varias resoluciones judiciales en materia de pruebas digitales.»

      ¿Tendrías alguna sentencia de algún caso donde no acepten este tipo de pruebas?

      O en su caso, ¿alguna sentencia donde después de impugnar la prueba presentada por algún testigo online no cualificado no la hayan aceptado como prueba?

      Responder
  2. Muy trabajado el post, pero hay que recordar que todo lo que, en el marco de un proceso judicial el uso de herramientas como E-Garante y similar, no tiene validez probatoria suficiente sino existe el reconocimiento expreso por ambas partes. El Reglamento (UE) Nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza en las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE (eIDAS), prevé las siguientes categorías de servidores cualificados: E-garante es un prestador de servicios electrónicos de confianza NO CUALIFICADO. Aquí podéis consultar la lista de empresas NO cualificadas porque es muy importante para la LEC:
    El 20 de mayo de 2024 entró en vigor el Reglamento (UE) 2024/1183 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE) N° 910/2014 en lo que respecta al establecimiento del marco europeo de identidad digital, con el objeto de mejorar su eficacia, extender sus beneficios al sector privado y promover unas identidades digitales de confianza para todos los europeos. Por otro lado, se definen nuevos servicios de confianza y se prevén una serie de actos de implementación en cuanto a requisitos técnicos y de supervisión de los servicios de confianza.
    Art 326 lec
    Ley de Enjuiciamiento Civil
    o Libro II. De los procesos declarativos
    o Título I: De las disposiciones comunes a los procesos declarativos
     Capítulo VI: De los medios de prueba y las presunciones
    • Sección III: De los documentos privados
    o Artículo 324
    o Artículo 325
    o Artículo 326
    o Artículo 327
    Artículo 264.
    1. El que, por cualquier medio, sin autorización y de manera grave borrase, dañase, deteriorase, alterase, suprimiese o hiciese inaccesibles datos informáticos, programas informáticos o documentos electrónicos ajenos, cuando el resultado producido fuera grave, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años.

    Responder
    • Gracias Angel por la aportación y aclaración.

      ¿Quieres decir que estos servicios tienen la misma validez que una simple captura?

      ¿Conoces algún testigo online CUALIFICADO?

      Responder

Deja un comentario

  • Responsable » Julián Gutiérrez
  • Finalidad » gestionar los comentarios.
  • Legitimación » tu consentimiento.
  • Destinatarios » los datos que me facilitas estarán ubicados en los servidores de Siteground (proveedor de hosting de ciberpatrulla.com) dentro de la UE. Ver política de privacidad de Siteground.
  • Derechos » podrás ejercer tus derechos, entre otros, a acceder, rectificar, limitar y suprimir tus datos.

Curso gratuito sobre técnicas y herramientas OSINT

1- Realizar búsquedas avanzadas con comandos especiales

2- Encontrar fuentes alternativas de información o herramientas de Inteligencia Artificial (IA)

3- [Cambio de mentalidad] Encontrarás datos en sitios que no imaginas

Sí, quiero recibir el curso